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Resuelve Tribunal Electoral queja del PAN contra planillas del PT

La sesión pública se llevó a cabo de manera virtual

En sesión pública realizada este sábado 1 de mayo, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió un Recurso de revisión, así como un Procedimiento especial sancionador.

El Partido Acción Nacional presentó una queja en contra del registro de las planillas de candidaturas del Partido del Trabajo en ayuntamientos de Guanajuato.

Esto dice la resolución:

«El Recurso de revisión REV-33/2021, fue promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del acuerdo CGIEEG/123/2021 emitido el 7 de abril del año en curso por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Guanajuato (IEEG), recaído a las solicitudes de registro de las planillas de candidaturas a integrar los ayuntamientos de Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Grande, Celaya, Comonfort, Cortazar, Cuerámaro, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Irapuato, Jaral del Progreso, León, Moroleón, Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, Santa Cruz de Juventino Rosas, Tarimoro, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria del Estado de Guanajuato, postuladas por el Partido del Trabajo (PT) para contender en el proceso electoral de este año.

Del análisis realizado por las personas integrantes del Pleno de este organismo jurisdiccional se concluyó que resultaron infundados los agravios que el promovente expuso, en virtud de que no se aportaron elementos mínimos necesarios para poder acreditar las inconsistencias manifestadas; no obstante lo anterior, esta autoridad abordó el análisis de los puntos de disenso expuestos, mismos que resultaron infundados.

En consecuencia y en razón de que el accionante no probó sus afirmaciones, el Pleno del Tribunal determinó confirmar el acuerdo impugnado.


En Procedimiento especial sancionador TEEG-PES-13/2021 fue denunciado por Jorge Galván Gutiérrez en su carácter de regidor del ayuntamiento de Silao de la Victoria, Guanajuato en contra de Rogelio Fabián Santoyo Guevara, por la supuesta infracción consistente en difamación y calumnia debido a su presunta participación en una pinta de barda, así como su autoría en publicaciones y videos difundidos desde la red social Facebook a través de la fan page “Silaoenses unidos contra la corrupción”; y de notas periodísticas en otros medios de comunicación, relativas a la imputación de nepotismo que comete el denunciante, derivado de todo ello, a su juicio, se actualiza calumnia y difamación en su contra.

Las personas que integran el Pleno concluyeron que no se encuentra probado que el denunciado haya realizado o participado en la pinta de la barda, como tampoco se desprende la existencia física de ésta, pues de los medios probatorios aportados por quien denunció y los recabados por el consejo municipal no se establece elemento que compruebe ambas situaciones.

Respecto de las publicaciones antes mencionadas, no se acreditó que los hubiera utilizado para calumniar o denigrar al denunciante; y las notas periodísticas publicadas, consisten en una crítica a las acciones de Jorge Galván Gutiérrez, que implican la demanda de transparencia y rendición de cuentas.

Por lo anterior, el Pleno del Tribunal declaró inexistencia de las violaciones atribuidas al denunciado».

LT

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