EL RUNRÚN

Resuelve Tribunal Electoral queja por actos de campaña

La sesión pública de este jueves se realizó vía Zoom

En sesión pública virtual, el pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió cuatro Procedimientos Especiales Sancionadores.

Esto dice la resolución:

En el procedimiento TEEG-PES-66/2021, se declaró que no existieron actos anticipados de campaña atribuidos a Eduardo Maldonado García y al Partido Verde Ecologista de México, denunciados por el Partido Acción Nacional. Esto por la existencia de una convocatoria para el arranque de campaña de Maldonado García, antes de que se aprobara su registro como candidato, la cual fue una prueba insuficiente, pues no se demostró su participación ni la existencia de expresiones de apoyo.


En el procedimiento especial sancionador, TEEG-PES-117/2021, el Tribunal impuso una amonestación pública a Josefa Barrera Cabrera y al partido Morena, por vulnerar los Lineamientos para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia Político-Electoral, así como por incumplir con su deber de cuidado, respectivamente; ya que dentro del periodo de campaña se utilizaron imágenes de menores de edad en la propaganda político-electoral del perfil de Facebook de Barrera Cabrera, lo que fue del conocimiento del partido político y denunciado por el Partido Acción Nacional.


Respecto al procedimiento especial sancionador, TEEG-PES-123/2021, se declaró que no existieron los actos anticipados de campaña atribuidos a Miguel Ángel Arenas Márquez y al partido Redes Sociales Progresistas, denunciados por el Partido Acción Nacional, ya que no hubo expresiones claras de apoyo hacia ninguna persona candidata, ni rechazo hacia otras opciones electorales ni tampoco se llamó al voto en contra de alguna candidatura o partido.


Finalmente, en el procedimiento especial sancionador TEEG-PES-187/2021, se resolvió que no existió violencia política de género en contra de la entonces candidata al ayuntamiento de Irapuato, Lorena del Carmen Alfaro García y respecto de los institutos políticos Movimiento Ciudadano, Redes Sociales Progresistas y MORENA, por culpa en la vigilancia.

Lo anterior luego de que Alfaro García denunció que en un banner publicado en Facebook se modificó el lema de su campaña, sin embargo no se constató menoscabo o anulación del reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres.

 

 

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