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Resuelve Tribunal Electoral queja de Morena contra Ale Gutiérrez

Morena denunció a la entonces diputada local, por uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y actos anticipados de campaña

En sesión pública virtual, el pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió siete procedimientos especiales sancionadores.

Esto dice la resolución:

En el expediente TEEG-PES-90/2021, MORENA denunció a Libia Dennise García Muñoz Ledo, Secretaria de Gobierno del Estado de Guanajuato y al PAN por promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos; el Tribunal determinó que no existió infracción a la ley porque no participó en ningún cargo de elección popular durante el proceso electoral 2020-2021, ni se demostró el desvío de recursos públicos.


Dentro del procedimiento TEEG-PES-96/2021, se denunció al entonces presidente municipal de Santiago Maravatío, Fernando Rosas Cardoso, por la supuesta promoción personalizada; se determinó inexistente la infracción pues en las pruebas no se acreditó propaganda que difundiera su nombre.


Respecto al expediente TEEG-PES-199/2021 formado por la denuncia del PAN contra MORENA y de su entonces candidato a la presidencia municipal de Moroleón, José Miguel Cortés Lara, por el uso de expresiones religiosas durante su campaña; el tribunal determinó acreditada la violación del principio de laicidad que prohíbe a los partidos políticos el uso de símbolos religiosos. Se les impuso la sanción de amonestación pública.


En el expediente TEEG-PES-71/2021, MORENA denunció a Alejandra Gutiérrez Campos, entonces diputada local, por uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y actos anticipados de campaña; se determinó que la publicación de Facebook en la que aparecía y motivo de la denuncia, la realizó una tercera persona con la que no se le acreditó vínculo, además no se comprobó uso de recursos públicos para su difusión, ni se hizo un llamado al voto.


Por otro lado, en el expediente TEEG-PES-83/2021 donde el PAN denunció a la representante de MORENA, por el supuesto uso de recursos públicos en el programa de vacunación contra la COVID-19; se determinó inexistente la infracción, al no acreditarse lo señalado.


Con respecto al procedimiento TEEG-PES-98/202, formado por la denuncia del PAN contra el candidato a la presidencia municipal de Celaya, Luis Guillermo Ortiz Alva y del partido que lo postuló, Movimiento Ciudadano, por actos anticipados de campaña a través de Facebook; se determinó inexistente la infracción, porque el denunciado no realizó expresiones solicitando apoyo hacia su persona o rechazo a otra opción electoral, ni llamó al voto a su favor.


En el expediente TEEG-PES-338/2021 el PAN denunció al Partido Nueva Alianza y a su entonces candidato a la presidencia municipal de San José Iturbide, Felipe de Jesús Cabrera Mata, por la supuesta colocación de propaganda política en lugar prohibido, sin embargo, el PAN manifestó su decisión de abandonar el procedimiento iniciado con el cual pretendía defender el interés de su partido y no una cuestión de interés colectivo, motivo por el cual el Tribunal consideró válido el desistimiento.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, Yari Zapata López, presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; María Dolores López Loza, titular de la Primera Ponencia; el magistrado por ministerio de ley, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como la secretaria general en funciones, Alma Fabiola Guerrero Rodríguez.

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