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¡Es ley! Guanajuato reconoce la violencia vicaria

La ‘Bancada Feminista’ presentó la iniciativa ante el Congreso local para incluirla en la legislación como violencia de género

Este jueves, el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó por unanimidad diversas reformas que buscan reconocer, prevenir, atender y erradicar la violencia vicaria en la entidad.

La violencia vicaria es aquella que tiene como objetivo dañar a la mujer a través del maltrato y daño a sus seres queridos, especialmente de sus hijas e hijos.

Esta iniciativa fue presentada por la ‘Bancada Feminista’ del Congreso local, integrada por las diputadas Dessire Ángel (Movimiento Ciudadano), Yulma Rocha (PRI) y Martha Ortega (Partido Verde).

La propuesta pretendía, principalmente, el reconocimiento de la violencia vicaria como uno de los tipos de violencia en contra de las mujeres, mediante la inclusión de una definición puntual en el artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, para contar con un marco normativo que permita su prevención, sanción y debida reparación del daño a las víctimas directas e indirectas.

¿Qué se aprobó hoy en Guanajuato?

Se reformó el artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, adicionando una fracción XV para considerar a la violencia vicaria como: “cualquier acción u omisión ejercida contra una mujer con la finalidad de causarle daño o sufrimiento, realizada por una persona con quien tenga o haya tenido relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o análoga, que se dirige en contra de las hijas, hijos o personas significativas”.

Se modificó el artículo 103 del Código Civil para que las personas que van a contraer matrimonio sean informadas sobre la prevención, detección, atención, sanción y erradicación de violencia familia y violencia de género.

También el artículo 474 A del Código Civil para que la violencia vicaria sea una causal del cambio de custodia de niñas, niños y adolescentes en aras de salvaguardar su integridad.

Y se reformó el artículo 500, también del Código Civil para que una sentencia condenatoria en la que se actualice la violencia vicaria sea también causal en la suspensión de la patria potestad.

Con esta reforma, Guanajuato se convierte en el décimo estado del país que incorpora en su legislación la violencia vicaria: se suma a Zacatecas, Hidalgo, Yucatán, Estado de México,  Puebla, Sinaloa, Colima, Baja California Sur y San Luis Potosí.

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